S.A.
Sociedad anónima
- Una S.A. se constituye por instrumento público (escritura).
- Puede ser integrada por dos o más accionistas.
- El Directorio ejerce la Administración y Representación. Puede estar compuesto de uno o más directores. El mandato puede durar de uno a tres ejercicios o años dependiendo lo que se estabezca en el contrato constitutivo.
- La Responsabilidad de los accionistas se limita al capital aportado.
- El Capital social está representado por acciones y los accionistas limitan su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas.
LIBROS OBLIGATORIOS
– Actas de Asambleas.
– Actas de Directorio.
– Registro de Accionistas y asistencia a Asambleas.
– Registro de Acciones.
– Diario.
– Inventario y Balance.
– IVA Compras.
– IVA Ventas.
– Si son empleadores deberán rubricar el Libro de SUELDOS ante el Ministerio de Trabajo.